Hasta ahora se beneficiaban solo los de uso residencial .
Bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a todos los edificios (no solo los de uso residencial como hasta ahora) que instalen sistemas para el aprovechamiento de la energía solar.
En el caso de los inmuebles residenciales se ha establecido la bonificación máxima que permite la ley (50% de la cuota), durante tres ejercicios hasta el máximo del 60% del coste total de la instalación. En la línea del Real Decreto Ley 15/20218, de 15 de octubre de Medidas urgentes para la Transición energética y Protección de los consumidores, se han simplificado los requisitos para acceder a esta bonificación.
Igualmente, se bonificará el 95% del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) correspondiente a las obras para la colocación de los paneles solares. Es decir, el ICIO prácticamente desaparece, ya que la bajada del impuesto pasa del 30% en 2018 al 95% en 2019 por la instalación de placas fotovoltaicas. A partir de 2019, tanto particulares como empresas podrán aprovechar el uso de la energía solar, no sólo para reducir su factura eléctrica sino también su recibo del IBI y del ICIO.
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