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Foto del escritorae2mil Energía

Todo lo que hay que saber sobre las nuevas tarifas de la luz para 2020


El pasado mes de Julio, la CNMC propuso mediante una circular cambios en el sistema eléctrico, tanto en estructura tarifaria como en cálculo de peajes.


Tras el periodo de alegaciones (en Anexo V de este documento), el 27/11/19 la CNMC emitió una nueva circular, modificando en parte la del mes de Julio

Entre las modificaciones que aceptan tras el periodo de consultas, están las siguientes:

Simplificar la estructura de peajes de los consumidores conectados en baja tensión con potencia contratada inferior a 15 kW (revisando por tanto los periodos horarios aplicables a los mismos).Mantener el control de potencia de los consumidores de baja tensión con potencia contratada inferior a 15 kW con Interruptor de Control de Potencia (ICP) o maxímetro (en el caso de los suministros no interrumpibles).Mantener el esquema de facturación por potencia demandada vigente para los consumidores sin equipo de medida cuartohoraria.Necesidad de publicar los coeficientes de pérdidas.Ampliar el periodo transitorio hasta al menos 6 meses, manteniendo la facturación de peajes vigentes hasta la entrada en vigor de los nuevos.

Siguen sin conocerse el importe de los peajes (Solo la parte destinada al pago de transporte y distribución), o, los pagos por capacidad que deberían aplicarse.

Tras las alegaciones, las tarifas quedarán así:

Tabla 1 – Esquema de nuevas tarifas propuestas por la CNMC



Paso a desgranar los cambios de tarifa.Para más detalle de lo que comentamos, podéis descargar este Excel, que contiene detalle de los periodos, fórmulas y excesos.


Actuales Tarifas 2.X

Todas las tarifas 2.X actuales (2.0, 2.0DH, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHSA) son tarifas de baja tensión (conectadas a menos de 1 kV), tienen 1 (2.X), 2 (2.XDH) o 3 (2.XDHS) periodos de energía, uno solo de potencia y son para potencias contratadas menores de 15 kW (2.1X) o de 10 kW (2.0X). Los cambios son:

Estas tarifas pasan a llamarse 2.0TD.Mantiene los niveles de tensión y de potencia máxima anterior.Cambia a 3 periodos de energía.Cambia a 2 periodos de potencia. Aunque la circular solo especifica que la potencia valle de la 2.0TD será la potencia actual de la tarifa, entendemos que la punta será la misma. Tampoco aparece en circular si se podrán tener dos potencias distintas, aunque entiendo que sí.El control de potencia en estas tarifas se hará como hasta ahora, con limitador de potencia (con o sin ICP en función del contador).En el caso de tener maxímetro, se facturará siempre la potencia contratada, a la que se deben añadir excesos de potencia según la fórmula clásica de las potencias en las tarifas 3.0 actuales (aunque no lo especifica la circular se aplicará el exceso a partir de un exceso superior al 105%).El exceso de reactiva, presente ahora mismo en algunos contratos 2.X desaparece en las futuras tarifas 2.0TD.

Sobre tarifas reguladas no indica nada la circular, pero se entiende que desaparece la PVPC con DH, y DHS y ambas, se integran con la PVPC, que será tarifa 2.0TD y estará “periodificada” como tal.



Tabla 2 – Periodos eléctricos aplicables para energía y potencias (excesos) a la tarifa 2.0TD



Actual Tarifa 3.0A

Tarifa de baja tensión (conectadas a menos de 1 kV), tienen 3 periodos en potencia y energía y alguna de las potencias contratadas deben ser mayor de 15 kW. Los cambios son:

Esta tarifa pasa a llamarse 3.0TD.Mantiene los niveles de tensión y de potencia mínima anterior.Cambia a 6 periodos de energía y de potencia, con una única periodificación común a todas las tarifas menos a la 2.0TD.Las potencias contratadas tienen que ser tales que Pn+1 ≥ Pn. Para la migración de potencias:La potencia P1 actual, pasa a ser la potencia P1 en la nueva tarifa 3.0TD.La potencia P2 actual, pasa a ser las potencias P2, P3, P4, P5 en la nueva tarifa 3.0TD. En caso de incumplir el criterio de potencias crecientes, la potencia contratada en los periodos 2, 3, 4 y 5 será igual a la potencia contratada en el periodo 1.La potencia P3 actual, pasa a ser la potencia P6 en la nueva tarifa 3.0TD. En caso de incumplir el criterio de potencia crecientes, la potencia contratada en el periodo 6 será igual a la potencia contratada en el periodo 5.El cálculo de los excesos pasa a ser como el que hasta ahora aplica a las tarifas 6.X, con excesos sobre cuarto de hora.El exceso de reactiva, se mantiene igual.


Actual Tarifa 6.1

Tarifa de alta tensión, conectadas entre 1 y 30 kV, tienen 6 periodos en potencia y energía y deben tener una potencia contratada en algún periodo superior a 450 kW. Las modificaciones son

Esta tarifa pasa a llamarse 6.1TD.Mantiene los niveles de tensión anterior y el número de periodos en energía y potencia (6).Elimina la limitación de que una de las potencias sea mayor de 450.La periodificación cambia como se ha comentado anteriormente.El cálculo de los excesos se mantiene en la forma, aunque han variado los coeficientes de cálculo que ahora son distintos para cada tarifa (ver pestaña Excesos del archivo descargado).El exceso de reactiva, se mantiene igual.


Actual Tarifa 3.1A

Tarifa de alta tensión, conectadas por encima de 1 kV, tienen 3 periodos en potencia y energía y la máxima potencia contratada en sus periodos tiene que ser menor de 451 kW. Esta tarifa desaparece, pasando a integrarse en la futura 6.1TD, con los cambios indicados antes. Para la migración:

La potencia P1 actual, pasa a ser la potencia P1 en la nueva tarifa 6.1TD.La potencia P2 actual, pasa a ser las potencias P2, P3, P4, P5 en la nueva tarifa 6.1TD.La potencia P3 actual, pasa a ser la potencia P6 en la nueva tarifa 6.1TD.


Actuales Tarifas 6.2, 6.3 y 6.4

Tarifas de alta tensión conectadas entre 30 y 145 kV, tienen 6 periodos en potencia y energía. Van a migrar a tarifas 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD respectivamente

Tendrán cambios en periodificación, que ahora se unifica para todas como veremos y ligeros cambios para el cálculo de excesos.


Periodificación Energía (salvo tarifas 2.0TD)

La periodificación en energía será única para todas las tarifas. La CNMC fija 4 temporadas (alta, media alta, media y baja) y las asigna a varios meses según la zona (Península, Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla).



Tabla 3 – Temporadas Eléctricas propuestas por la CNMC



A cada temporada le asigna un tipo de día (Alta=A, Media Alta=B, Media=B1, Baja=C) que será para los días del mes, salvo sábados, domingos y festivos nacionales no sustituibles, a los que asigna el tipo de día D.



Luego define para cada día, el periodo que será cada hora en función el tipo de día.




Periodificación Potencia

La periodificación en potencia, a fin de facturar los excesos en cada periodo será la misma que la de energía. En la pestaña del Excel que os ofrecemos “Excesos de Potencia” puedes ver detalle de los excesos.

Indica la circular que en los puntos de suministro con equipo de medida tipo 4, se deberán instalar los correspondientes aparatos de medida que registrarán la potencia cuarto horaria máxima demandada en cada período tarifario.

Los equipos de medida Tipo 4 (unos 642.000 € en España) son puntos frontera de clientes con una potencia contratada entre 15 y 50 kW. Ahora mismo no están obligados a incluir medida horaria, y son los gran olvidados del sistema de medidas.

Es por tanto un plan muy ambicioso, y no será inmediata su aplicación. Aunque no lo detalla la circular, de manera transitoria imagino que se aplicarían los excesos como en la tarifa 2.0TD.


Pérdidas

Una de las grandes novedades de esta actualización de la circular es calcular los coeficientes de pérdidas que se deben aplicar con las nuevas tarifas

Los coeficientes de pérdidas para traspasar la energía suministrada en contador a energía suministrada en barras de central son los recogidos en el cuadro siguiente.



Tabla 6 – Pérdidas a aplicar por tarifa y periodo, se incluye las pérdidas actuales equivalentes


Nótese el fuerte incremento que tendrán las tarifas domésticas en las pérdidas, lo que equivaldrá automáticamente en un incremento de precio. Un doméstico actual que paga una media de un 12,75% van a pasar a pagar un 17% (un 33% más). Al que luego se le aplicaría la “K” que calcula Red Eléctrica


Entrada en vigor. Periodo Transitorio

La CNMC indica que la Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Pero debemos de tener en cuenta estos aspectos

Las empresas distribuidoras y comercializadoras dispondrán de un periodo de seis meses para la adaptación de los sistemas de facturación a las condiciones definidas en la circular de la CNMC.El plazo empezará a contar cuando la CNMC publique los formatos de comunicación entre distribuidores y comercializadores que deberá aprobarse conforme a esta circular.Durante este periodo de transición las empresas distribuidoras aplicarán los peajes de acceso y condiciones de facturación actuales. La aplicación de nuevos peajes coincidirá con un ciclo de facturación.Las empresas comercializadoras informarán a los consumidores de la nueva estructura de peajes junto con cada una de las facturas que les remitan desde la entrada en vigor de esta Circular hasta la efectiva aplicación de los precios que resulten de la aplicación de la misma.El consumidor tendrá derecho a adaptar las potencias contratadas por periodo horario a los periodos definidos en la Circular sin coste alguno, independientemente de si hubiera realizado un cambio de potencia en los doce meses anteriores.

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